Conforme al Decreto Reglamentario 090 del 2018, se modificaron los plazos y los sujetos obligados al Registro Nacional de Base de Datos –RNBD-, disminuyendo el público objetivo que deberá cumplir ésta obligación y que está próximo a vencerse.

 

Estaba pendiente, definir las condiciones de actualización e inscripción de las bases de datos, una vez estas han sido inscritas. El pasado 01 de Agosto del 2018, la Superintendencia de Industria y Comercio expidió la Circular Externa 003, en donde expone los plazos para realizar las modificaciones/novedades del RNBD, es decir, las reglas para actualizar la información de aquellos Responsables que ya hayan registrado sus bases de datos en la plataforma, o que lo harán en los próximos días.

 

El reporte de novedades y actualizaciones, conforme a la circular 003 de 2018 se establece así:

TIPO DE REPORTE FECHA O TIEMPO PARA GENERAR EL REPORTE ¿QUIÉN? ¿DÓNDE?
 

 

 

INCIDENTES DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

 

 

 

Quince (15) días hábiles contados desde el momento en que se tuvo conocimiento del incidente por parte del área de protección de datos personales. El oficial de protección de datos dentro de la organización Se debe hacer el reporte en la plataforma del RNBD de la Superintendencia de Industria y Comercio, en la pestaña de reporte de novedades / incidentes de seguridad.
 

 

 

 

 

 

REPORTAR LAS NOVEDADES

Cambios sustanciales: dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes, a partir de la inscripción de la base de datos.

 

 

El oficial de protección de datos dentro de la organización. Se debe hacer la modificación de la base de datos inscrita en la plataforma del RNBD.
Cambios no sustanciales:

Anualmente, entre el dos (2) de enero y el treinta y uno (31)  de marzo, a partir del 2020.

El Oficial de  protección de datos personales de la organización. Se debe hacer la modificación de la base de datos inscrita en la plataforma del RNBD.
 

 

 

 

 

 

REPORTE DE RECLAMOS

Debe realizarse dentro de los primeros quince (15) días hábiles de los meses de febrero y agosto de cada año, a partir de la inscripción de las bases de datos en el RNBD.

 

El primer reporte de reclamos se debe realizar en el segundo semestre del 2019 con la información correspondiente del primer semestre del 2019.

Oficial de Protección de datos personales de la Organización. Se debe hacer el reporte en la plataforma del RNBD de la Superintendencia de Industria y Comercio, en la pestaña de reporte de novedades / reclamos.

 

Cualquier duda al respecto, contactarse por medio de: [email protected] o al teléfono: (7) 6 57 47 03

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